• ✅Tema 9: Igualdad y violencia de género. Seguridad en la información (LOPD). Prevención de blanqueo de capitales. Compromiso ético --> 2/4

  • 2021/08/31
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✅Tema 9: Igualdad y violencia de género. Seguridad en la información (LOPD). Prevención de blanqueo de capitales. Compromiso ético --> 2/4

  • サマリー

  • Se aplican medidas reforzadas a: · Los clientes de giro internacional de países de riesgo o que envíen o reciban fondos de o hacia los mismos, cuyo importe acumulado de sus operaciones en el mes natural sea superior a 1.500 €. · Los clientes de giro nacional e internacional remitentes o destinatarios que superen 3.000 € individuales o acumulados en un periodo de un trimestre natural. · Los clientes relacionados en peticiones de Juzgados, Policía, Requerimiento del SEPBLAC. · Los clientes que realicen operaciones que se consideren fuera de lo normal, inusuales o que presenten indicios de sospecha en relación con la PBC. · Las operaciones con origen o destino a países que supongan un riesgo superior al normal y que una vez informada la Comisión de Control tome esa decisión. · Personas de responsabilidad pública (PEP’s). Se considera en este capítulo a las siguientes: · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes por elección, nombramiento o investidura en otros Estados miembros de la UE o terceros países. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el Estado español, tales como altos cargos, los parlamentarios nacionales y del Parlamento Europeo. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el ámbito autonómico español y en el ámbito local español, los alcaldes, concejales y demás altos cargos de los municipios capitales de provincia o capitales de Comunidad autónoma, de las Entidades Locales de más de 50.000 habitantes, o cargos de alta dirección en organizaciones sindicales o empresariales o partidos políticos españoles. Se aplican estas medidas a las referidas personas, aunque hayan dejado sus funciones, durante dos años. También se aplican a los familiares o allegados de las personas con responsabilidad pública. La admisión de las personas con responsabilidad pública como clientes debe ser autorizada directamente por el responsable de Oficina/Unidad de Reparto, quien trasladará su decisión al Área de Prevención, que informará en las reuniones de la Comisión para que tome razón de esta decisión. 19 13.2.6 Abstención de realizar operaciones En ningún caso se admitirán clientes que: · Rehúsen entregar la documentación que permita su identificación. · Presenten documentos de identificación que alberguen dudas sobre su legalidad. · Faciliten datos falsos o erróneos. · Pongan fin a la relación al ser requeridos para que faciliten información. · A los que no sea posible aplicar alguna de las medidas de diligencia debida previstas. · Oculten al titular real para enviar una operación o dividan una transacción en dos o más. · Realicen operaciones que presenten indicios de estar relacionadas con el blanqueo de capitales. · Personas jurídicas cuya estructura de propiedad o de control no haya podido determinarse. Cualquier operación que dé lugar a sospechas puede no ser aceptada por el empleado y dará lugar a la comunicación inmediata como operación sospechosa. Cuando la abstención no sea posible o pueda dificultar la persecución de los beneficiarios de la operación, podrá llevarse a cabo, efectuando la comunicación de la operación sospechosa al Área de Prevención de Blanqueo de Capitales. El Área de Prevención es la encargada de adoptar las decisiones finales sobre la abstención y de informar a los empleados sobre la forma de actuar en cada caso. La comunicación de las operaciones sospechosas al SEPBLAC, efectuada por la Comisión, expondrá los motivos que justificaron la ejecución de la operación. Cuando en aplicación de la política interna o por imposibilidad de aplicar las medidas de diligencia debida, los fondos deban ser devueltos al cliente, el reintegro de los mismos se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado inicialmente para su ingreso. Cuando el emisor o el receptor de un giro sea una persona incluida en alguna de las listas públicas relacionadas con el terrorismo o grupos afines, el sistema bloqueará la...
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あらすじ・解説

Se aplican medidas reforzadas a: · Los clientes de giro internacional de países de riesgo o que envíen o reciban fondos de o hacia los mismos, cuyo importe acumulado de sus operaciones en el mes natural sea superior a 1.500 €. · Los clientes de giro nacional e internacional remitentes o destinatarios que superen 3.000 € individuales o acumulados en un periodo de un trimestre natural. · Los clientes relacionados en peticiones de Juzgados, Policía, Requerimiento del SEPBLAC. · Los clientes que realicen operaciones que se consideren fuera de lo normal, inusuales o que presenten indicios de sospecha en relación con la PBC. · Las operaciones con origen o destino a países que supongan un riesgo superior al normal y que una vez informada la Comisión de Control tome esa decisión. · Personas de responsabilidad pública (PEP’s). Se considera en este capítulo a las siguientes: · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes por elección, nombramiento o investidura en otros Estados miembros de la UE o terceros países. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el Estado español, tales como altos cargos, los parlamentarios nacionales y del Parlamento Europeo. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el ámbito autonómico español y en el ámbito local español, los alcaldes, concejales y demás altos cargos de los municipios capitales de provincia o capitales de Comunidad autónoma, de las Entidades Locales de más de 50.000 habitantes, o cargos de alta dirección en organizaciones sindicales o empresariales o partidos políticos españoles. Se aplican estas medidas a las referidas personas, aunque hayan dejado sus funciones, durante dos años. También se aplican a los familiares o allegados de las personas con responsabilidad pública. La admisión de las personas con responsabilidad pública como clientes debe ser autorizada directamente por el responsable de Oficina/Unidad de Reparto, quien trasladará su decisión al Área de Prevención, que informará en las reuniones de la Comisión para que tome razón de esta decisión. 19 13.2.6 Abstención de realizar operaciones En ningún caso se admitirán clientes que: · Rehúsen entregar la documentación que permita su identificación. · Presenten documentos de identificación que alberguen dudas sobre su legalidad. · Faciliten datos falsos o erróneos. · Pongan fin a la relación al ser requeridos para que faciliten información. · A los que no sea posible aplicar alguna de las medidas de diligencia debida previstas. · Oculten al titular real para enviar una operación o dividan una transacción en dos o más. · Realicen operaciones que presenten indicios de estar relacionadas con el blanqueo de capitales. · Personas jurídicas cuya estructura de propiedad o de control no haya podido determinarse. Cualquier operación que dé lugar a sospechas puede no ser aceptada por el empleado y dará lugar a la comunicación inmediata como operación sospechosa. Cuando la abstención no sea posible o pueda dificultar la persecución de los beneficiarios de la operación, podrá llevarse a cabo, efectuando la comunicación de la operación sospechosa al Área de Prevención de Blanqueo de Capitales. El Área de Prevención es la encargada de adoptar las decisiones finales sobre la abstención y de informar a los empleados sobre la forma de actuar en cada caso. La comunicación de las operaciones sospechosas al SEPBLAC, efectuada por la Comisión, expondrá los motivos que justificaron la ejecución de la operación. Cuando en aplicación de la política interna o por imposibilidad de aplicar las medidas de diligencia debida, los fondos deban ser devueltos al cliente, el reintegro de los mismos se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado inicialmente para su ingreso. Cuando el emisor o el receptor de un giro sea una persona incluida en alguna de las listas públicas relacionadas con el terrorismo o grupos afines, el sistema bloqueará la...

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